Salmo51

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En la situación actual de fragmentación denominacional e institucional dentro del cristianismo, efectivamente ninguna denominación individual o institución humana tiene autoridad espiritual absoluta para declarar a otra persona como «hereje», en el sentido histórico y pleno de la palabra.

Vamos a analizar claramente por qué es así:

1. Autoridad espiritual y autoridad institucional

  • Autoridad espiritual: La autoridad para discernir la verdad doctrinal es exclusivamente bíblica y espiritual, no institucional o denominacional.
  • Autoridad institucional: Las denominaciones tienen autoridad administrativa para definir quién pertenece o no a su organización. Pero esto no implica autoridad espiritual absoluta sobre la fe universal cristiana.
Una denominación puede legítimamente decir:
Esta persona no sostiene doctrinas compatibles con nuestra fe o visión particular, pero no puede decir legítimamente: Esta persona es hereje en sentido absoluto.

2. El problema de la autoridad absoluta

En el cristianismo temprano, una declaración de «herejía» era posible porque había una única comunidad apostólica con autoridad espiritual directa (los apóstoles), y una doctrina apostólica unificada y original.

Hoy, sin embargo, vivimos en un escenario donde:

  • No existe una sola institución humana que posea autoridad espiritual absoluta sobre todas las demás.
  • Las diferentes denominaciones evangélicas, católicas o protestantes representan tradiciones, enfoques, énfasis doctrinales distintos, pero ninguna de ellas es absolutamente autoritativa frente a las demás.
  • El único criterio verdaderamente universal de autoridad doctrinal aceptado por todos los cristianos evangélicos es la Biblia misma, interpretada responsablemente bajo la guía del Espíritu Santo.

3. Legítimo discernimiento vs. Ilegítima condena institucional

Lo que sí puede legítimamente ocurrir es esto:
  • Una denominación puede identificar claramente que determinada enseñanza contradice sus principios doctrinales internos basados en la Biblia.
  • Por lo tanto, puede legítimamente decidir que una persona ya no pertenece a su comunidad o no comparte sus principios doctrinales.
  • Esto sería una separación local y denominacional legítima.
Pero esa denominación no puede declarar a esa persona universalmente «hereje» porque carece de autoridad espiritual absoluta, autoridad que pertenece únicamente a Dios y a su Palabra revelada.

4. Consecuencias prácticas actuales


Esto significa en términos prácticos que:

  • Excomulgar (separar, expulsar) a alguien de una comunidad local o denominacional es una decisión administrativa que una organización puede legítimamente tomar según sus criterios internos.
  • Pero declarar que alguien es hereje (en sentido absoluto, universal, espiritual) excede la autoridad legítima de cualquier denominación o institución contemporánea.
Solo puede llamarse realmente «herejía» una doctrina si se desvía claramente de lo esencial y revelado directamente en la Escritura.
Y aun así, quien la califique debe hacerlo con humildad, sometimiento absoluto a las Escrituras, y reconocimiento de su propio límite humano y espiritual.

5. Un principio de equilibrio bíblico para hoy

El principio más sano bíblicamente sería:
  • Cada comunidad local tiene la legítima autoridad y responsabilidad espiritual de discernir doctrinas según la Palabra de Dios (Hechos 17:11, 1 Tesalonicenses 5:21).
  • Tiene derecho a enseñar claramente la verdad que entiende según las Escrituras.
  • Puede legítimamente separarse de quienes abiertamente enseñan doctrinas contrarias a su fe doctrinal bíblica (2 Juan 1:9-10, Tito 3:10).
  • Pero debe reconocer que no es dueña de la autoridad espiritual absoluta y que otras comunidades también intentan sinceramente seguir las Escrituras según su entendimiento.

Conclusión final equilibrada:

  • , una denominación puede legítimamente separarse doctrinalmente o expulsar a alguien que no sostiene su interpretación bíblica particular.
  • No, no tiene autoridad espiritual absoluta para declarar a alguien hereje en el sentido universal y absoluto del término.
La autoridad absoluta es únicamente de Jesucristo, revelada claramente en Su Palabra.
La Iglesia universal es Su Cuerpo espiritual, más amplio y profundo que cualquier institución humana.

«¿Quién eres tú que juzgas al criado ajeno? Para su propio señor está en pie o cae; pero estará firme, porque poderoso es el Señor para hacerle estar firme» (Romanos 14:4).
 
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