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Sección 4: El Alcance Universal del Poder Resurrector de Cristo

Esta sección constituye el eje central de la tesis presentada, demostrando a partir de textos explícitos que el poder de resurrección de Cristo no se limita a los creyentes, sino que se extiende a toda la humanidad. La autoridad de Cristo, conferida por el Padre, es absoluta y universal. Su voz soberana es el único agente causal que llama a todos los muertos, sin distinción, a salir de sus tumbas. Este acto de poder no es en sí mismo salvífico para todos, sino judicial: es el requisito previo para que toda la humanidad comparezca ante el tribunal de Cristo, algunos para recibir la vida eterna y otros para enfrentar la condenación.

4.1. La Autoridad delegada: Juez de Vivos y Muertos

La capacidad de Cristo para resucitar a todos los muertos está intrínsecamente ligada a su rol como Juez universal. El Padre le ha conferido toda la autoridad para ejecutar el juicio sobre la totalidad de la creación. Esta autoridad no es parcial ni limitada; abarca tanto a los que estén vivos en su segunda venida como a todos los que han muerto a lo largo de la historia.

El apóstol Pedro, en su sermón en la casa de Cornelio, declara esta verdad como un mandato central del evangelio en Hechos 10:42:
"Y nos mandó que predicásemos al pueblo, y testificásemos que él es el que Dios ha puesto por Juez de vivos y muertos".

Este nombramiento divino establece a Cristo como el árbitro final del destino de toda la humanidad. El apóstol Pablo reitera este punto en su encargo solemne a Timoteo, en 2 Timoteo 4:1, situando el juicio en el contexto de la manifestación gloriosa de Cristo: "Te encarezco delante de Dios y del Señor Jesucristo, que juzgará a los vivos y a los muertos en su manifestación y en su reino".

El fundamento de esta autoridad judicial es la declaración del propio Cristo resucitado en Mateo 28:18:
"Y Jesús se acercó y les habló diciendo: Toda potestad me es dada en el cielo y en la tierra".

La palabra "potestad" (ξουσία, exousia) denota autoridad, derecho y poder. Esta autoridad es total ("toda") y universal ("en el cielo y en la tierra"). Es sobre la base de esta soberanía absoluta que Él tiene el derecho no solo de juzgar, sino también de resucitar a aquellos que serán juzgados.


4.2. La Voz que Llama a Todos desde los Sepulcros: La Resurrección de Justos e Injustos

El pasaje más explícito que atribuye la resurrección de toda la humanidad a la acción directa de Cristo se encuentra en el Evangelio de Juan. Aquí, Jesús mismo declara que su voz será el catalizador que despierte a todos los muertos, sin excepción, aunque sus destinos posteriores difieran radicalmente.

Juan 5:28-29 es el texto fundamental para esta doctrina:
"No os maravilléis de esto; porque vendrá hora cuando todos los que están en los sepulcros oirán su voz; y los que hicieron lo bueno, saldrán a resurrección de vida; más los que hicieron lo malo, a resurrección de condenación".

Este pasaje es inequívoco. El agente causal de la resurrección es singular: "su voz", la voz del Hijo del Hombre (v. 27). El alcance es universal: "todos los que están en los sepulcros". El acto de oír su voz no es opcional; es un mandato soberano que la creación caída no puede desobedecer. Este único evento de resurrección universal se bifurca en dos resultados distintos: una "resurrección de vida" y una "resurrección de condenación". El poder que los levanta es el mismo; la diferencia radica en su estado moral y su destino final.

Esta enseñanza apostólica es consistente en todo el Nuevo Testamento. Pablo, al defenderse ante el gobernador Félix, afirma su fe en esta resurrección dual en Hechos 24:15:
"...teniendo esperanza en Dios, la cual ellos también abrigan, de que ha de haber resurrección de los muertos, así de justos como de injustos".
La resurrección, por tanto, no es un privilegio exclusivo de los justos. Es un evento escatológico universal que afecta tanto a justos como a injustos, y que es efectuado por el poder de Cristo como preludio al juicio final.


4.3. La Primera Resurrección: Bienaventuranza y Vida para los Santos

Las Escrituras distinguen cronológica y cualitativamente entre la resurrección de los justos y la de los injustos. La primera de estas, conocida como la "primera resurrección", es la "resurrección de vida" mencionada por Jesús. Es un evento de bienaventuranza y gloria, reservado para aquellos que pertenecen a Cristo.

El libro de Apocalipsis proporciona los detalles más claros sobre este evento en Apocalipsis 20:4-6:
"Y vi tronos, y se sentaron sobre ellos los que recibieron facultad de juzgar; y vi las almas de los decapitados por causa del testimonio de Jesús y por la palabra de Dios... y vivieron y reinaron con Cristo mil años. Pero los otros muertos no volvieron a vivir hasta que se cumplieron mil años. Esta es la primera resurrección. Bienaventurado y santo el que tiene parte en la primera resurrección; la segunda muerte no tiene potestad sobre éstos, sino que serán sacerdotes de Dios y de Cristo, y reinarán con él mil años".

Este pasaje identifica a los participantes de la primera resurrección como los mártires y santos que han permanecido fieles. Ocurre antes del milenio y su resultado es reinar con Cristo. El beneficio más significativo es la inmunidad a la "segunda muerte", que es el juicio final en el lago de fuego. Esta es la resurrección de los que "son de Cristo", que ocurre "en su venida" (1 Corintios 15:23).


4.4. La Segunda Resurrección y el Juicio de los Impíos

En contraste con la primera resurrección, la resurrección de los injustos ocurre después de que se cumplen los mil años. Su propósito no es para la gloria y el reinado, sino para la comparecencia ante el juicio final. Es la "resurrección de condenación" de la que habló Jesús.

Apocalipsis 20:12-13 describe esta solemne escena:
"Y vi a los muertos, grandes y pequeños, de pie ante Dios; y los libros fueron abiertos, y otro libro fue abierto, el cual es el libro de la vida; y fueron juzgados los muertos por las cosas que estaban escritas en los libros, según sus obras. Y el mar entregó los muertos que había en él; y la muerte y el Hades entregaron los muertos que había en ellos; y fueron juzgados cada uno según sus obras".62
Aquí, "los muertos" se refiere a los "otros muertos" del versículo 5, es decir, los injustos que no participaron en la primera resurrección. Son levantados de todos los lugares donde se encontraban, el mar, la Muerte, el Hades, para enfrentar el juicio del Gran Trono Blanco. Su resurrección es un acto de poder judicial que los somete a la sentencia final basada en sus obras, que, al no estar cubiertas por la sangre de Cristo, los llevan a la condenación.
La resurrección universal es, por tanto, la manifestación definitiva de la soberanía de Cristo sobre la creación caída. Es la revocación unilateral de la sentencia de muerte física de Adán por el Segundo Adán. Que tanto justos como injustos resuciten por la misma causa, la voz de Cristo, demuestra que el acto de resurrección en sí mismo no es soteriológico (salvífico para todos), sino creacional y judicial. Es un acto de "recreación" que restaura a todos a un estado corporal para enfrentar su destino eterno, demostrando que Cristo ha "comprado" a toda la humanidad de la jurisdicción de la primera muerte, aunque solo los que se someten a su señorío disfrutan de los beneficios eternos de esa compra.
 
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